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La deportación y la Eliminación son los procedimientos por
que los United States El departamento de la Justicia y el Departamento de la tentativa
de la Seguridad (DHS) de la Patria para deportar/quita no ciudadanos de los Estados Unidos.
El DHS tiene la autoridad para deportar no ciudadanos que:
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Residen en los U.S. sin la autorización
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Se ha quedado demasiado o de otro modo ha violado los términos de sus visas
-
Ha cometido ciertas ofensas criminales
La Nota importante: residentes permanentes Lícitos pueden ser también
susceptible a la deportación/la eliminación. Esto es a menudo debido a ciertas convicciones
criminales.
Si un individuo es tomado en la custodia de DHS mientras en los Estados Unidos, ellos
tienen generalmente el derecho de solicitar una vista antes de un Juez de la Inmigración.
Ciertos individuos que han vuelto a entrar ilegalmente los Estados Unidos después que una orden
de la deportación o la eliminación no puede tener derecho para solicitar una vista antes de un
Juez de la Inmigración. Además, los individuos que son prendidos en la frontera no siempre son
permitidos tal vista.
Si un individuo solicita una vista antes un Juez de Inmigración, ellos pueden solicitar un bono
que oye y también pedido para solicitar ciertas formas del alivio para prevenir la deportación.
Estas formas del alivio a menudo incluyen:
- La cancelación de la eliminación residentes con toda seguridad no permanentes
- La cancelación de la eliminación de residentes permanentes lícitos
- El ajuste de la posición
- El refugio
- La salida voluntaria
La deportación es un asunto grave que puede afectar un futuro de individuo en los Estados Unidos.
Debido a la complejidad de las leyes y consecuencias de la deportación nosotros aconsejamos a
individuos a buscar la representación y la ayuda para asuntos de deportación.
Nuestra oficina se puede retener para ayudar individuos en cualquier etapa del proceso de la
deportación. Por favor contáctenos
Y ve para cómo planificar una consulta para discutir el caso y los honorarios asociados con este asunto.
Cuándo un individuo solicita una vista con el Tribunal de la Inmigración ellos tienen
el derecho de ser representado por un abogado. Esta representación debe estar en ningún gasto al
Gobierno. El Juez de la Inmigración debe informar al individuo de su derecho de tener la
representación. A menudo tiempos que el caso se puede continuar si el individuo solicita tiempo de
encontrar la representación.
Hay numerosas ubicaciones del tribunal de la inmigración a través de los Estados Unidos.
TEl Tribunal que tiene la jurisdicción sobre nuestra ubicación en Nebraska es
localizado en Chicago, Illinois. Las vistas se tienen en Francotes de Concilio,
Iowa, que es una distancia corta de Omaha, Nebraska.
Tenemos la experiencia en varias ubicaciones del Tribunal de la Inmigración.
El Tribunal de la Inmigración que tiene la jurisdicción sobre un individuo es determinado
o por la ubicación donde el individuo se toma en la custodia de DHS, o en donde el individuo
reside.
Nuestra oficina está dispuesta a representar a individuos donde lugar de actuación está fuera
del Chicago, la jurisdicción de Illinois. Hay también la opción de solicitar que el lugar de
actuación sea cambiado a Chicago, Illinois. Nuestra oficina tenida éxito a hacer esto en numerosas
ocasiones.
Deba el Juez de la Inmigración niega que el individuo ha forma solicitada del alivio que el
individuo tiene la opción para apelar la decisión a la Tabla de Apelaciones de Inmigración (“BIA”).
El individuo tiene treinta (30) días de la decisión del Juez de la Inmigración para archivar
la apelación. Una vez que la apelación se archiva, el BIA publicará un horario de la reunión
preparatoria. Después que la emisión de la reunión preparatoria planifica al individuo entonces
tendrá veinte (21) días para preparar y someterse un expediente a favor de su apelación.
El tiempo del expediente de la apelación a la emisión de un horario de la reunión preparatoria
puede tomar seis (6) meses a un año. Después que el expediente se archiva con el BIA, ha sido
nuestra experiencia que lo tomará acerca de un año para recibir una decisión. La agenda es más
corta para individuos que están en la custodia de DHS durante el procesamiento de su apelación.
Nuestra oficina puede ayudar al individuo en cualquier etapa del proceso de apelación. El
individuo puede tener nuestra oficina maneja el caso del comienzo para terminar. Podemos
preparar las formas apropiadas y el expediente para archivar con el BIA y servir sobre el
DHS. Contáctenos
Hoy.
En el caso el BIA niega una apelación de individuo puede ser posible buscar la revisión
judicial de la orden.
Favor de notar: la revisión Judicial no está disponible a ciertos extranjeros criminales.
Si un individuo busca la revisión judicial ellos tienen treinta (30) días para archivar una
petición para la revisión con las Apelaciones del Tribunal de Estados Unidos que tienen la
jurisdicción sobre ellos. Nuestra firma ha representado a clientes con el Tribunal del Distrito
de US y la Audiencia de US para el Octavo Circuito.
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